Historias de España: De pandemia a pandemia (1918) (III)

08.04.2020 14:23

Artículo anterior de la seriehttps://www.granollersonfire.com/news/historias-de-espana-de-pandemia-a-pandemia-1918-i1/

Al fin, y con los datos oficiales sobre la mesa, parece que hemos alcanzado lo que los epidemiólogos llaman la meseta; es decir, la estabilización entre contagios y casos activos. Un menor incremento de contagios sumado a un mayor incremento de recuperados implica que los casos activos entren en una especie de llano que, a medio plazo, debería comenzar a descender. La ratio de contagios va disminuyendo y la tasa de mortalidad se está estabilizando en lugar de crecer día a día. Después de tres semanas horribles, parecen buenas noticas, y sin duda no son malas noticias, pero el hecho cierto es que todavía estamos lejos de tener controlada la pandemia. Y a esta situación, todavía dura, se suman los vaivenes y errores del Gobierno de España, que no ayudan, en absoluto, a que se tenga esta percepción de control, sino todo lo contrario.

Verbigracia: si bien al inicio de brote no recomendaban el uso de mascarillas para toda la población, se ha cambiado el criterio, y en la actualidad sí que lo recomiendan; coincidiendo, precisamente, con la imposibilidad absoluta de adquisición de estas herramientas para evitar contagios. Otra verbigracia: El Gobierno de España adquirió a una empresa China 660.000 tests de detección de la enfermedad defectuosos. Ofrecían una efectividad del 80%, pero resultó inferior al 30%. Y bueno, ver a la Ministra de Trabajo de risas en una comparecencia pública sobre los ERTE, que implican una pérdida brutal de la capacidad adquisitiva de muchas personas (entre las que me incluyo), ya no es que sea un error o un cambio de criterio, sino que es impresentable. Vamos, miel política sobre hojuelas.

Y ya que hablamos de este típico postre castellano-manchego, hay otro asunto que resulta especialmente sangrante y que socaba todavía más la percepción de confianza en las autoridades centrales: el Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha ha indicado, en una circular de fecha 6 de abril de 2020, que el número de licencias de enterramiento expedidas por los Registros Civiles ha aumentado casi un 100% en relación a las que se expidieron en el mismo periodo durante el 2019. En concreto, si bien el Gobierno de España ha informado, en fecha 6 de abril de 2020, del fallecimiento de 1.132 personas por COVID-19 en Castilla la Mancha, los entierros de personas con COVID-19 en dicha Comunidad Autónoma alcanzan la cifra de 1.921; o lo que es lo mismo, se deduce que el Gobierno de España no ha reportado un 41,1 % de muertes por COVID-19 en esa región. Por desgracia, desde una perspectiva metodológica no podemos estimar las muertes reales en base a este porcentaje, ya que la incidencia relativa de la enfermedad varía mucho entre provincias, pero sirva ese dato como toque de atención: los datos oficiales de fallecidos por esta nueva enfermedad distan mucho de acercarse a la realidad.

Si bien los enanos le crecen como setas a Pedro Sánchez, puedo entender que, frente a esta situación, todos los Gobiernos estén desbordados y actúen con los medios que tienen, incurriendo en errores, improvisaciones, cambios de criterio, problemas logísticos y un limitado control de datos; no sólo el de España, sino todos los estados, sin distinción. Esta es una cuestión que no debemos perder de vista, con independencia del color de la camiseta de fútbol, perdón, política que tengamos. El problema es, como he indicado en el primer párrafo, de percepción de confianza. Del feedback que recibe el ciudadano. Porque al final, las medidas adoptadas por el Gobierno pueden ser o no eficaces desde una perspectiva objetiva, pero nada provoca más desconfianza que un cambio de criterio injustificado, proponer disparates distópicos u ofrecer una limitación de la información que puede tener un aroma a censura selectiva. Esta es una reflexión que debería hacer el Gobierno de España si, finalizada la crisis sanitaria, no quiere ser decapitado públicamente, ya que va a ser fiscalizado no sólo por el que, sino por el cómo. Veremos cómo se desarrollan los acontecimientos.

En cualquier caso, el análisis comparado que realizaremos en este tercer artículo sobre el SARS-CoV-2 no tiene nada que ver con la percepción que tengamos sobre la actuación del Gobierno, sino con las medidas que ha adoptado. Las valoraciones, al cabo, son contingentes y no podrán ser definitivas hasta que no finalice esta crisis sanitaria, por lo que es importante que tengamos claro qué está haciendo exactamente el Gobierno de España hasta la fecha de presentación de este artículo. Ya tendremos tiempo para resolver las dudas que he mostrado en mi introducción del articulo y dirimir, si proceden, las responsabilidades pertinentes. Al menos, hoy en día tenemos esta opción que en 1918 sólo podía alcanzarse con sangre.

Las medidas adoptadas por el Gobierno de España ante la crisis sanitaria

Lo primero que debemos tener en cuenta, por una cuestión metodológica, es que las medidas adoptadas por el Gobierno de España durante este año 2020 en relación al SARS-CoV-2 que a continuación voy a desarrollar son las que se enclavan en el periodo comprendido entre el 12 de marzo y el 10 de abril del año corriente. Transcurridos 31 días desde la adopción de la primera medida, podemos tener una idea precisa de las decisiones que se han adoptado con el objeto de contener la epidemia, pero desconocemos, ahora mismo, qué medidas se tomarán con el objeto de gestionar el desescalado y la extinción de la pandemia. Por ello, el análisis de la situación actual es parcial y puede evolucionar en el tiempo, a diferencia de las medidas adoptadas por el Gobierno de España durante la pandemia del A/H1N1-18, que ya son cosa histórica.

Al efecto de realizar el análisis comparado entre las medidas adoptadas por el Gobierno de España en 2020 para afrontar la pandemia del SARS-CoV-2 y las medidas adoptadas por el Gobierno de España en 1918 y 1919 para afrontar la pandemia del A/H1N1-18, he fijado cuatro categorías que nos permitirán una comparativa más precisa que una simple relación de medidas ordenadas temporalmente. Nos centraremos, en concreto, en las siguientes categorías:

  • Medidas generales.
  • Medidas de carácter sanitario.
  • Medidas de carácter económico.
  • Medidas de evitación del pánico.

Pues bien, comenzando, en primer lugar, con la crisis sanitaria de 2020, debemos señalar que, con carácter general, el Gobierno de España no ha hecho dejación de sus funciones. Se le podrán discutir muchas decisiones, por supuesto –yo mismo lo he hecho en la introducción de este artículo-, o incluso la incidencia que ha tenido en la pandemia el retraso en la implementación de las medidas que se han acordado, pero, si hacemos el sano ejercicio de guardar en un cajón la ideología, hay que reconocer que el Gobierno ha desplegado los medios necesarios para tratar de contener la pandemia; al menos, hasta la fecha.

Veamos, a continuación, cuáles son las medidas más importantes que se han tomado por parte del Gobierno de España para combatir el SARS-CoV-2, distribuyéndolas en las cuatro categorías que he indicado anteriormente:

1.- Medidas generales

Las primeras decisiones gubernamentales de calado que se adoptaron frente a la pronunciada curva de contagios que empezaba a vislumbrarse durante la segunda semana de marzo de 2020 no las tomó el Ejecutivo central, sino que se adoptaron en el seno de algunas Comunidades Autónomas bajo recomendación del Gobierno de España: el cierre de colegios y otros centros lectivos a partir del día 12 de marzo de 2020. Esta decisión hay que encuadrarla en el reparto competencial existente en la actualidad entre el Estado y las Comunidades Autónomas en materia de Educación.

Al día siguiente, esto es, el día 13 de marzo de 2020, el Presidente del Gobierno declaró el estado de alarma previsto en el artículo 116.2 de la Constitución Española y regulado en la L ey Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio . De acuerdo al artículo 4.b) de la referida Ley Orgánica, procederá la declaración de este estado de alarma ante “crisis sanitarias, tales como epidemias y situaciones de contaminación graves”, por lo que la medida, desde una perspectiva jurídica, es la adecuada a la situación.

Jurídicamente, el estado de alarma se vehiculó a través del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, en el que se adoptaron las siguientes medidas generales por un plazo de quince días, prorrogables, que implicaban el confinamiento parcial de la población:

a) Se limita la circulación de personas por vías y espacios públicos, que sólo estará permitida a nivel individual para el ejercicio de algunas actividades, principalmente la adquisición de alimentos y productos farmacéuticos, el desplazamiento a centros sanitarios y el traslado al lugar de trabajo (artículo 7 RDL 463/2020)

b) El Gobierno podrá acordar la requisa temporal de todo tipo de bienes necesarios (artículo 8 RDL 463/2020)

c) Se acuerda el cierre de bares, restaurantes, discotecas, museos, bibliotecas, espectáculos deportivos, verbenas, desfiles y fiestas populares (artículo 10 RDL 463/2020)

d) Se adoptan medidas de aseguramiento del abastecimiento alimentario (artículo 15) y se garantiza la prestación de los suministros esenciales (artículo 17 RDL 463/2020).

Hasta la fecha, se han acordado dos prórrogas del estado de alarma. La primera de ellas fue publicada en el Boletín Oficial del Estado en fecha 28 de marzo de 2020 y la segunda prórroga, a pesar de que fue aprobada ayer día 9 de abril de 2020, todavía no ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado. De momento, es un hecho cierto que el estado de alarma va a tener una extensión mínima de 45 días.

Cabe señalar que el Gobierno de España, al objeto de minimizar todavía más la propagación del COVID-19 en la población española, acordó en fecha 29 de marzo de 2020 el confinamiento total de la población por plazo de 15 días, suspendiendo toda actividad no esencial hasta el día 13 de abril de 2020.

2.- Medidas de carácter sanitario

El Gobierno de España, a partir de la declaración del estado de alarma, adoptó un primer paquete de medidas de orden sanitario que tenía por objeto reforzar el Sistema Público de Salud. En concreto, se ha destinado una partida presupuestaria de 3.800.000.000 € que será gestionada tanto por Ministerio de Sanidad como por las Consejerías de Salud de las diferentes Comunidades Autónomas para hacer frente a las necesidades inmediatas que se derivaran de la pandemia del SARS-CoV-2; limitando, a su vez, el precio de los medicamentos, al objeto de evitar una exponencial subida de precios en situación de escasez.

Asimismo, se han creado hospitales de campaña para poder derivar a los enfermos y descongestionar los centros de salud, que en pocos días quedaron absolutamente saturados por el aumento descontrolado de casos de COVID-19. Un ejemplo paradigmático del uso de espacios públicos para albergar enfermos de COVID-19 es el hospital de campaña instalado en el IFEMA, en Madrid, que puede albergar hasta 5.500 enfermos y que dispone de 60 camas con toma de oxígeno y 17 Unidades de Cuidados Intensivos.

Adicionalmente, se ha adquirido material sanitario necesario para afrontar la pandemia, como equipos de protección, mascarillas, guantes y test para identificar a los contagiados, tanto por parte del Gobierno central como por parte de las Comunidades Autónomas; pueso que el material existente era absolutamente insuficiente. Para que nos hagamos una idea de la cantidad de material médico que se ha adquirido, el Estado ha entregado a la Generalitat de Catalunya el siguiente material sanitario desde el inicio de la pandemia:

  • 704 respiradores
  • 7.334.699 mascarillas
  • 31.221 gafas de protección.
  • 4.216.782 guantes de nitrilo.

Y es que ése ha sido uno de los principales problemas con los que se han encontrado los profesionales sanitarios ante el COVID-19: la falta de medios para resguardarse de la infección mientras trabajan con cargas virales monstruosas han procurado que haya más de 20.000 médicos y enfermeras infectados en España a día de hoy, que se sepa. De hecho, os propongo el juego de las siete diferencias con la imagen que os pongo a continuación que corresponde a diferentes momentos en el Hospital de la Vall D’Hebrón de Barcelona (en el que nací, por cierto). Venga, os lo pongo fácil: hay una bolsa de basura y un gorro de ducha en una de las fotos:

3.- Medidas de carácter económico

A poco más de una década de la gran crisis económica de 2008 y en plena recuperación, la crisis sanitaria de 2020 ha afectado gravemente a la economía española. Para que os hagáis una idea aproximada del drama, cabe señalar que se han perdido casi 900.000 puestos de trabajo en poco menos de dos semanas, ERTE’s aparte. El desastre no ha hecho más que empezar y los datos son poco halagüeños; si bien cabe señalar que esta crisis económica derivada de la crisis sanitaria tendrá forma de V: será muy pronunciada, pero menos prolongada en el tiempo.

Frente a ello, el Gobierno de España ha aprobado varios paquetes de medidas que pretenden amortiguar el duro golpe que va a suponer esta crisis sanitaria para trabajadores y empresarios. Ni que decir tiene que todo ello se traducirá en endeudamiento, pero no tomar ninguna medida podría suponer el colapso del sistema. Las medidas más relevantes son las siguientes:

a) En materia de vivienda, se ha acordado la suspensión de desahucios, la moratoria obligatoria de las cuotas hipotecarias, una prórroga de los contratos de alquiler, entre otras medidas de carácter puramente económico (artículos 1 a 27 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo)

b) En materia de ayudas económicas a población vulnerable, se ha acordado la ampliación del Fondo de Contingencia en la cifra de 300.000.000 € (artículo 3 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo)

c) En materia de respaldo financiero a empresas mercantiles, se ha creado una línea del ICO que ofrece avales por importe de hasta 100.000.000.000 € (artículo 29 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo)

Existiendo muchas más medidas de carácter económico que las relacionadas anteriormente diseminadas en diferentes Reales Decretos y órdenes gubernativas, éstas son las principales -añadiéndose, por supuesto, la ya señalada anteriormente en materia sanitaria-. Las especiales circunstancias de estas ayudas, que no consisten en meras transferencias de fondos, en principio evitan que se diluyan en redes de corrupción política; pero en este país nada es imposible.

4.- Medidas de evitación del pánico

Desde la declaración del estado de alarma, en fecha 14 de marzo de 2020, el Gobierno de España ha estado realizando una rueda de prensa diaria, ya sea con los responsables técnicos y sanitarios del Gobierno, ya sea con Ministros, ya sea con el propio Presidente del Gobierno; emitiéndose de manera paralela en televisiones, radios o la plataforma YouTube. Esta medida, en efecto, tranquiliza a la población, pues, aunque muchas veces tengan poco contenido estas ruedas de prensa o alocuciones del Presidente del Gobierno, se da una sensación de transparencia. Transparencia, cabe decir, que al principio no era tal: las preguntas de la prensa pasaban un filtro. No obstante, el Gobierno supo reaccionar y a fecha actual permite la realización de preguntas libres a la prensa a través de medios telemáticos.

Estas ruedas de prensa vienen acompañadas de documentación a la que se tiene acceso a través de la página web del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar y que se actualiza diariamente a las 12:00h. Esta documentación aporta cifras actualizadas de número de contagios, recuperados y fallecidos, así como numerosa estadística que te permite estar informado de los datos que maneja el Gobierno desde una perspectiva oficial.

Algunas noticias, como la que he indicado al principio del artículo relativa a recuento de fallecidos por COVID-19, socavan la credibilidad del Gobierno de España; pero de momento, la situación parece bastante controlada, pese a que ya han sonado algunos tambores de pánico.

En lo relativo a las medidas adoptadas por el Gobierno de España en la crisis sanitaria de 1918, recurriré, de nuevo, a la espectacular tesis efectuada por la Doctora Maria Isabel Porras Gallo. He de reconocer que este documento es el que más me está ayudando en la elaboración de estos artículos y no puedo sino estar agradecido del trabajo efectuado por esta profesional de la medicina. Veamos qué decisiones gubernativas se tomaron hace más de un siglo para una problemática similar a la actual:

1.- Medidas generales

Durante el primer brote de la epidemia del A/H1N1-18 en España, y concretamente en la ciudad de Madrid, no se tomaron más medidas que recomendar que los ciudadanos aplicaran criterios de higiene básicos, como lavarse las manos y la ropa, y acordar la desinfección de algunos recintos con mucha afluencia de personas. En definitiva, no se acordó ninguna medida de limitación de la circulación o confinamiento, ya sea parcial o total.

Esta absoluta falta de medidas durante la primera oleada de la epidemia contrasta con las decisiones gubernativas adoptadas durante la segunda oleada, pues el brote de gripe se recrudeció de manera palpable y se puso de manifiesto la necesidad de tomar decisiones más contundentes que recomendar a la ciudadanía que se “lavara las manos”:

  • Cierre de fronteras para extranjeros enfermos.
  • Controlar a los viajeros dentro del territorio y hospitalizar inmediatamente al que presentara síntomas.
  • Aplazamiento y suspensión de ferias y festejos.
  • Cierre de colegios públicos.

Utilizo la palabra contundente por no utilizar la palabra ridícula, ya que estas decisiones distan mucho de ser drásticas: se adoptaron medidas incompletas, ineficaces, parciales, que parecían fruto de una improvisación a salto de mata. El ejemplo del cierre de colegios era especialmente sangrante: bares, restaurantes, Iglesias y teatros se mantenían en activo, por lo que el virus seguía transmitiéndose con total libertad, pese a las torpes desinfecciones de estos recintos. Sirva de ejemplo este folleto de una función de teatro celebrada el 12 de octubre de 1918 a la que asistió, junto a cientos de personas, el Rey Alfonso XIII (que cayó enfermo de la gripe provocada por el virus A/H1N1-18, dicho sea de paso)

2.- Medidas de carácter sanitario

El Gobierno de España, a partir del día 30 de mayo de 1918, acordó que se utilizarían todos los hospitales y médicos de la ciudad de Madrid para paliar la epidemia, asumiendo el Estado todos los costes derivados. Asimismo, se acordó la creación de “barracas Docker (hospitales militares desmontables de madera) para apoyar a los hospitales, que rápidamente se verían saturados. El problema, es que la creación de estos barracones se demoró hasta mediados de junio, cuando el pico de la epidemia ya se había rebasado.

Por ello, aunque llegaron tarde, se tomaron medidas para que todo el mundo tuviera acceso a hospitales o barracones medicalizados. Ello no implicaba una atención adecuada, pues la escasez de medios era endémica, pero al menos no dejaron morirse a la gente en la calle.

Además de lo expuesto, el Gobierno de España hizo una provisión de medicamentos y respiradores a los hospitales y desplazó a numerosos médicos a los territorios más afectados, que cobraban una dieta de 30 pesetas diarias (equivalente, a fecha actual, teniendo en cuenta un incremento del 450% del IPC en más de un siglo, a unos 100 €). No obstante, seguía habiendo escasez de medios y el uso masivo de determinados medicamentos provocó un incremento de precio absolutamente inasumible. El Gobierno solicitó un inventario de todos estos medicamentos a los principales fabricantes y proveedores al objeto de requisarlos para su utilización, pero esta medida resultó insuficiente.

3.- Medidas de carácter económico

El Consejo de Ministros aprobó, a petición del Ministro de Gobernación, una partida de 250.000 pesetas (equivalente, a fecha actual, siguiendo el criterio señalado anteriormente, a unos 800.000 €) para la “defensa de enfermedades evitables”, alegándose para justificar esta ayuda no la gripe derivada del A/H1N1-18, sino una suerte de tifus que estaba propagándose en Portugal. Se utilizó esta artimaña para evitar que cundiera el pánico en la población… pero de nada sirvió esta partida presupuestaria, pues se aprobó a finales de junio de 1918, cuando la epidemia estaba remitiendo.

Con la segunda oleada de la pandemia pasó algo parecido: se aprobó una ayuda de 3.750.000 pesetas (equivalente, a fecha actual, siguiendo el criterio señalado anteriormente, a unos 12.000.000 €), pero llegaron tarde, por lo que tuvo más repercusión en la recuperación de la economía que en sufragar los costes de la epidemia.

¿Adónde fueron estos socorros, como se llamaban en la época? No os lo imaginaréis: a engrosar los bolsillos de unos cuantos políticos corruptos. De hecho, algunos gobernantes utilizaron esas ayudas para adoquinar las calles de sus municipios a y obtener prebendas en lugar de socorrer a enfermos y comerciantes. No todas las ayudas tuvieron ese destino, pero más de las que hubieran sido deseables acabaron diluidas en la corrupción política. Eso tampoco es nuevo, como podéis comprobar.

4.- Medidas de evitación del pánico

A fecha 1 de junio de 1918, el Ministro de Gobernación emitió una nota de prensa, tras haberse reunido con los médicos más importantes de Madrid, con el objeto de informar a la población de la situación de la pandemia, una vez se hubo hecho pública en la capital durante el día anterior. Esta nota de prensa hacía hincapié en la escasa incidencia de la epidemia en la población, pues todavía no se habían detectado muchos casos de especial gravedad. Tenía un objetivo más político que técnico: evitar el pánico. La realidad les pasó por encima, por supuesto, así que el objetivo no se cumplió en absoluto.

Por desgracia, en la segunda oleada del A/H1N1-18, que tuvo lugar en el mes de octubre del mismo año, las medidas adoptadas para tranquilizar a la población resultaron totalmente contraproducentes: se trató de ocultar el alcance real de la epidemia. No obstante, gracias a la prensa, tanto la general como la médica, el escándalo salió a la luz, socavando la autoridad del Gobierno y la confianza de la población. El Gobierno trató de reaccionar contando con la colaboración del prestigioso doctor Gregorio Marañón, que ofreció a la ciudadanía consejos de profilaxis para evitar contagios, pero era demasiado tarde: la ciudadanía no confiaba en sus gobernantes y exigía resultados que nunca llegaron.

En definitiva, toda medida adoptada para evitar el pánico por el Gobierno de España ante la crisis sanitaria de 1918 fue inútil, cuando no contraproducente. Se las podrían haber ahorrado directamente y, al menos, la población no habría tenido la sensación de estar en manos de inútiles.

No diré mucho más, ya que después de 3.500 palabras, lo último que quiero es taladraros más la cabeza, así que me limitaré a agradeceros la atención si habéis llegado hasta aquí. En el siguiente artículo, continuaremos con nuestro análisis comparativo.

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